El Consejo adoptó hoy formalmente el Reglamento por el que se aplican la cláusula bilateral de salvaguardia del Acuerdo de Asociación UE-Mercosur y del Acuerdo Interino sobre Comercio UE-Mercosur para los productos agrícolas. El Reglamento tiene por objeto reforzar la protección de los agricultores de la UE permitiendo la rápida aplicación de medidas de salvaguardia en los casos en que las importaciones procedentes de socios del Mercosur amenacen con causar un perjuicio grave a los productores de la UE.
El Reglamento se basa en los mecanismos de salvaguardia existentes en la UE, pero introduce procedimientos más rápidos y umbrales de intervención simplificados. En particular, establece un umbral del 5 % durante una media de tres años para iniciar una investigación sobre productos sensibles. Estas investigaciones concluirán en el plazo de cuatro meses, y en casos urgentes las medidas provisionales podrán aplicarse en un plazo de 21 días.

La Comisión hará además un seguimiento proactivo de las importaciones de productos agrícolas sensibles y publicará informes periódicos sobre la evolución del mercado.
Siguientes etapas
El Reglamento adoptado se publicará ahora en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor a los 20 días de su publicación. El Reglamento se aplicará al Acuerdo interino sobre Comercio y seguirá aplicándose una vez que el Acuerdo de Asociación UE-Mercosur esté plenamente ratificado.
Contexto
Las cláusulas bilaterales de salvaguardia forman parte del Acuerdo de Asociación UE-Mercosur y del Acuerdo Interino sobre Comercio UE-Mercosur.
El Reglamento sobre Salvaguardias complementa los acuerdos más amplios, que tienen por objeto intensificar las relaciones comerciales y políticas entre la UE y los países del Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay), a la vez que se garantiza una protección sólida para los sectores agrícolas de la UE que pueden estar especialmente expuestos a la competencia de las importaciones. El Acuerdo de Asociación UE-Mercosur y el Acuerdo Interino sobre Comercio fueron firmados por ambas partes en Asunción (Paraguay) el 17 de enero de 2026. Antes de que los acuerdos puedan celebrarse formalmente y entrar en vigor, el Parlamento Europeo deberá dar su aprobación.
5 de marzo de 2026 | Consejo Europeo | Unión Europea | https://www.consilium.europa.eu




